Facturación electrónica para transporte en Cusco
Factura y emite tu Guía de Remisión de Transportista (GRE-T) desde WhatsApp, y ponte al día con la GRE antes de que terminen las facilidades de SUNAT en 2026.
Termina el periodo sin multas de la GRE. La discrecionalidad para no sancionar infracciones de la Guía de Remisión Electrónica vence el 30 de junio de 2026. Desde el 1 de julio de 2026, SUNAT sanciona de forma estricta la omisión, los datos falsos o incompletos en la GRE.
Además, la Resolución N.º 000108-2026/SUNAT (vigente desde el 1 de junio de 2026) actualizó las validaciones y los supuestos de GRE por evento. FacturaSUNAT te deja al día sin que tengas que estudiar la norma.
El transporte que sale de Cusco conecta el turismo, el comercio y las rutas hacia las zonas mineras del sur. Con las nuevas reglas de 2026, emitir bien la GRE dejó de ser opcional: una guía con errores puede costarte una multa o una intervención en garita. FacturaSUNAT convierte la emisión en un mensaje de WhatsApp y la mantiene alineada a la normativa vigente.
Pensado para el transporte cusqueño
- GRE-T emitida desde la guía del remitente, conforme a las reglas 2026.
- Emisión asíncrona con red 2G/3G en rutas de baja señal.
- Detracción del 4% del transporte de bienes, pagable con Yape.
- Sin laptop ni portal SOL: todo desde el celular.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo SUNAT multa por no emitir la GRE en 2026?
La discrecionalidad sin sanciones termina el 30 de junio de 2026; desde el 1 de julio de 2026 SUNAT sanciona en serio la omisión, datos falsos o incompletos en la GRE.
¿Qué cambió con la Resolución 000108-2026/SUNAT?
Vigente desde el 1 de junio de 2026, modificó sujetos obligados, validaciones y supuestos de GRE por evento (como el cambio de conductor por causas no atribuibles).
¿Funciona en las rutas de Cusco con baja señal?
Sí. Emite de forma asíncrona por WhatsApp: envías con 2G/3G y el procesamiento se hace en la nube.
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Factura, GRE-T y detracción desde WhatsApp, alineado a la norma vigente.
Solicitar accesoInformación normativa con fines orientativos, actualizada a junio de 2026 (Res. N.º 000108-2026/SUNAT y prórroga de discrecionalidad hasta el 30/06/2026). Para tu caso específico, consulta con tu contador o con SUNAT.